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DERECHO MILITAR / 17

Baja ilegal del servicio militar: reincorporación y pago del período fuera del servicio

Se ha emitido la orden de baja, pero el fundamento es forzado y no se siguió el procedimiento. Impugnamos la orden ante el tribunal militar y solicitamos su reincorporación junto con el haber del período que pasó fuera del servicio.

Práctica dirigida por
Yury Koval, abogado
Bloque de la práctica
Servicio y baja
Modalidad
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué sucede

Las bajas suelen tramitarse con rapidez y con errores. Se da de baja a personas por incumplir las condiciones del contrato sin una investigación real, por motivos desfavorables tras una sola sanción, o con base en una evaluación a la que nunca se les convocó. A veces el fundamento se cambia cuando la orden ya está firmada.

Un grupo aparte de casos se refiere a un militar enfermo. Se le da de baja sin remitirlo a una junta médica, o por otro fundamento aunque la junta ya lo haya declarado no apto. El fundamento cambia tanto su estatus como todo el conjunto de pagos, por lo que vale la pena plantear la controversia aunque no tenga intención de volver a servir.

La reincorporación no es el único objetivo. A menudo es más importante cambiar el fundamento y la fecha de la baja, restablecer la antigüedad y obtener el pago del período de baja ilegal. Lo hablamos con usted antes de presentar la demanda, para que todas las pretensiones se formulen a la vez.

Qué dice la ley

  • La baja es lícita solo por un fundamento expresamente previsto en el artículo 51 de la Ley Federal n.º 53-FZ «Sobre el deber militar y el servicio militar», y solo si se respeta el procedimiento: la investigación, la evaluación, la propuesta, la entrevista y la notificación de la orden.
  • El militar que ha informado de problemas de salud debe ser remitido a una junta médica antes de la baja; una baja sin ello puede declararse ilegal.
  • La infracción del procedimiento de baja es por sí sola un fundamento para anular la orden, incluso cuando existía un motivo formal para la baja.
  • El plazo para acudir al tribunal militar es de tres meses desde el día en que supo de la baja o se le mostró la orden; un plazo vencido puede restablecerse, pero deben fundamentarse los motivos.
  • Con la reincorporación el tribunal decide también la cuestión del haber del período de baja ilegal y el restablecimiento de la antigüedad.
  • Puede solicitar no solo la reincorporación sino también un cambio del fundamento y de la fecha de la baja: son pretensiones distintas y deben formularse expresamente.

Qué hacemos

  • Examinamos la orden, la propuesta y los materiales de la evaluación y de la investigación, donde suelen verse las infracciones.
  • Calculamos el plazo de prescripción y, si está en el límite, preparamos el caso para restablecerlo.
  • Formulamos las pretensiones: reincorporación, cambio de fundamento y fecha, pago del período fuera del servicio, restablecimiento de la antigüedad.
  • Redactamos la demanda administrativa y las solicitudes de los documentos de personal que la unidad no entrega.
  • Le representamos ante el tribunal militar de guarnición y en apelación y casación ante los tribunales militares de distrito y de casación.
  • Tras la sentencia seguimos la orden de reincorporación y la exactitud del recálculo.

Qué necesitamos de usted

  • El extracto de la orden de baja y, si se dispone de ella, la propuesta de baja.
  • Su contrato y extractos de órdenes de nombramientos, prórrogas, reconocimientos y sanciones.
  • Los materiales de la evaluación y las actas de entrevista, si se realizaron.
  • Documentos médicos: la remisión a la junta, su dictamen, el certificado de enfermedad y la historia clínica del hospital.
  • Nóminas y un estado de su haber de los últimos meses de servicio.
  • Su cronología escrita con fechas: qué ocurrió y cuándo, y por quién se enteró.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Consulta

Revisamos la orden y los documentos de personal y evaluamos las perspectivas y los plazos.

1 reunión

Reunión de documentos

Solicitamos los registros de personal y médicos y dejamos constancia de las infracciones del procedimiento.

2–4 semanas

Demanda

Redactamos la demanda administrativa incluyendo de una vez todas las pretensiones.

1–3 semanas

Tribunal

Llevamos el caso ante el tribunal militar de guarnición y, de ser necesario, en apelación.

calendario del tribunal

Ejecución

Gestionamos la orden de reincorporación y el recálculo del haber y de la antigüedad.

1–3 meses

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

No quiero volver al servicio. ¿Tiene sentido una controversia?

Sí, si le dieron de baja por un fundamento equivocado. Su estatus, antigüedad, pensión y pagos dependen del fundamento y de la fecha de la baja. Puede solicitar el cambio de ambos sin insistir en seguir sirviendo.

Han pasado más de tres meses. ¿Es demasiado tarde?

El plazo puede restablecerse si objetivamente no pudo acudir antes: tratamiento hospitalario, participación en operaciones de combate, no haber recibido nunca la orden. Los motivos deben respaldarse con documentos. Lo evaluamos en la consulta y le decimos con honestidad cuán realista es la posibilidad.

¿Qué ocurre con el haber del período posterior a la baja?

Con la reincorporación el tribunal decide la cuestión del haber del período de baja ilegal. El importe depende de su propia tarifa de haberes y de la duración del período. Formulamos esta pretensión junto con la principal, para que más adelante no haga falta una demanda aparte.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.