Consulta
Revisamos la orden y los documentos de personal y evaluamos las perspectivas y los plazos.
DERECHO MILITAR / 17
Se ha emitido la orden de baja, pero el fundamento es forzado y no se siguió el procedimiento. Impugnamos la orden ante el tribunal militar y solicitamos su reincorporación junto con el haber del período que pasó fuera del servicio.
Las bajas suelen tramitarse con rapidez y con errores. Se da de baja a personas por incumplir las condiciones del contrato sin una investigación real, por motivos desfavorables tras una sola sanción, o con base en una evaluación a la que nunca se les convocó. A veces el fundamento se cambia cuando la orden ya está firmada.
Un grupo aparte de casos se refiere a un militar enfermo. Se le da de baja sin remitirlo a una junta médica, o por otro fundamento aunque la junta ya lo haya declarado no apto. El fundamento cambia tanto su estatus como todo el conjunto de pagos, por lo que vale la pena plantear la controversia aunque no tenga intención de volver a servir.
La reincorporación no es el único objetivo. A menudo es más importante cambiar el fundamento y la fecha de la baja, restablecer la antigüedad y obtener el pago del período de baja ilegal. Lo hablamos con usted antes de presentar la demanda, para que todas las pretensiones se formulen a la vez.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Revisamos la orden y los documentos de personal y evaluamos las perspectivas y los plazos.
Solicitamos los registros de personal y médicos y dejamos constancia de las infracciones del procedimiento.
Redactamos la demanda administrativa incluyendo de una vez todas las pretensiones.
Llevamos el caso ante el tribunal militar de guarnición y, de ser necesario, en apelación.
Gestionamos la orden de reincorporación y el recálculo del haber y de la antigüedad.
PREGUNTAS
Sí, si le dieron de baja por un fundamento equivocado. Su estatus, antigüedad, pensión y pagos dependen del fundamento y de la fecha de la baja. Puede solicitar el cambio de ambos sin insistir en seguir sirviendo.
El plazo puede restablecerse si objetivamente no pudo acudir antes: tratamiento hospitalario, participación en operaciones de combate, no haber recibido nunca la orden. Los motivos deben respaldarse con documentos. Lo evaluamos en la consulta y le decimos con honestidad cuán realista es la posibilidad.
Con la reincorporación el tribunal decide la cuestión del haber del período de baja ilegal. El importe depende de su propia tarifa de haberes y de la duración del período. Formulamos esta pretensión junto con la principal, para que más adelante no haga falta una demanda aparte.
SIGUIENTE PASO
Hablemos de su situación
La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.