Consulta
Revisamos los documentos y evaluamos el fundamento de la baja y los puntos débiles de la posición de la unidad.
DERECHO MILITAR / 16
Usted solicitó la baja y la solicitud nunca fue registrada, se extravió o fue rechazada verbalmente. Lo documentamos como inacción del mando y lo impugnamos ante el tribunal militar para que su solicitud sea efectivamente resuelta.
La historia habitual es esta: existe el fundamento de la baja (un dictamen de junta médica, el fin del contrato, el límite de edad, circunstancias familiares), pero la solicitud nunca llegó a ninguna parte. Le dicen que se perdió, que el oficial de personal está de vacaciones, que por el momento no se da de baja a nadie. Nada se rechaza por escrito, así que formalmente no hay nada que impugnar.
La segunda variante es una negativa escrita sin fundamento real. Dice que la baja es inconveniente, que la unidad lo necesita, que su expediente está incompleto aunque usted entregó todo. A veces la solicitud se sustituye por una evaluación o una investigación disciplinaria solo para ganar tiempo.
Mientras dura esta pausa usted sigue sirviendo, pierde tiempo que necesita para los pagos y los trámites de la pensión, y su salud suele empeorar. Cuanto más tiempo pasa sin una decisión escrita, más difícil resulta reconstruir la secuencia de los hechos. Por eso lo primero que hacemos es convertir una negativa verbal en un documento.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Revisamos los documentos y evaluamos el fundamento de la baja y los puntos débiles de la posición de la unidad.
Presentamos la solicitud y los escritos de modo que se obtenga una respuesta escrita o un silencio demostrable.
Redactamos la demanda, reunimos las pruebas y solicitamos que el tribunal obtenga los documentos.
Llevamos el caso ante el tribunal militar de guarnición y, de ser necesario, en apelación.
Procuramos que se emita la orden de baja y que la liquidación se calcule correctamente.
PREGUNTAS
Envíela al comandante por correo certificado con inventario del contenido, de modo que la fecha de envío pase a ser la fecha de presentación. Entregue una segunda copia a través de la oficina de registro y exija un número de entrada. Si incluso eso falla, presentamos la solicitud a través de nuestra oficina junto con un escrito a la fiscalía militar, de modo que la presentación quede registrada con independencia de la unidad.
Algunos fundamentos de baja efectivamente están restringidos durante ese periodo, pero no todos. El dictamen de no aptitud de una junta médica, el límite de edad, una sentencia firme y otros fundamentos siguen aplicándose. Examinamos su fundamento concreto y le decimos con claridad si hay un caso.
Los casos sobre inacción del mando se examinan por la vía del procedimiento administrativo y normalmente requieren varias audiencias. El plazo depende de la carga de trabajo del tribunal de guarnición y de la rapidez con que la unidad presente los documentos. No prometemos fechas, pero impulsamos el caso con solicitudes procesales.
SIGUIENTE PASO
Hablemos de su situación
La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.