Consulta
Calculamos los plazos, revisamos los documentos del centro y decidimos qué solicitar: libertad condicional, una pena más leve o la cancelación de los antecedentes.
DERECHO MILITAR / 34
El trabajo no termina cuando la sentencia queda firme. Preparamos las solicitudes de libertad condicional o de una pena más leve, las defendemos ante el tribunal y ayudamos a aclarar qué significa la sentencia para el servicio, el haber y el estatus.
Las familias suelen preguntar por la libertad condicional mucho antes de que surja el derecho a ella. Surge una vez cumplida una parte determinada de la pena, y la decisión depende de algo más que del calendario: el tribunal examina la conducta, la actitud ante el trabajo, las sanciones, la indemnización pagada y la opinión de la administración del centro.
La segunda mitad del problema son las consecuencias. Una sentencia afecta al contrato, a la antigüedad, al derecho a pagos y certificaciones y, a veces, a la vivienda. A menudo la unidad ya ha dictado órdenes de las que el hombre se entera el último, y cada una debe impugnarse a su manera y dentro de su propio plazo.
Por último está el propio antecedente penal. Se cancela tras un período determinado y, en algunos casos, un tribunal puede cancelarlo anticipadamente. No es una formalidad: de ello dependen el empleo, los permisos y cualquier regreso al servicio.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Calculamos los plazos, revisamos los documentos del centro y decidimos qué solicitar: libertad condicional, una pena más leve o la cancelación de los antecedentes.
Solicitamos certificaciones y valoraciones y reunimos las garantías de vivienda y empleo y la prueba de la indemnización.
Presentamos la solicitud y comparecemos en la audiencia en el lugar de reclusión.
Nos ocupamos de los antecedentes, los documentos, la antigüedad y los pagos, e impugnamos las órdenes de la unidad.
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PREGUNTAS
El derecho surge una vez cumplida una parte determinada de la pena, cuya proporción depende de la gravedad del delito. Pero el tribunal mira más allá del tiempo cumplido: cuentan las sanciones y los reconocimientos, así como la actitud ante el trabajo, la indemnización pagada y la vivienda y el empleo tras la liberación. Preparamos ese material con antelación, pero la decisión es del tribunal y nadie puede garantizarla.
La denegación puede recurrirse cuando la resolución es defectuosa o el tribunal no tuvo en cuenta los documentos presentados. El artículo 175(10) del Código de Ejecución Penal permite además una nueva solicitud pasados seis meses. Conviene preparar la segunda solicitud de otra manera: eliminar los motivos de la denegación, lograr que se levanten las sanciones, acreditar la indemnización pagada.
No, nada se decide automáticamente. Lo que ocurra con los pagos, las certificaciones y la antigüedad depende del fundamento por el que se concedió cada uno y de las órdenes que haya dictado la unidad. Examinamos esas órdenes y cálculos y los impugnamos cuando no concuerdan con los documentos y los fundamentos legales.
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La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.