Consulta
Estudiamos el dictamen de la junta médica y los papeles de la junta pericial e identificamos dónde se perdió la causa o el grupo.
DERECHO MILITAR / 12
Tras una herida o una enfermedad grave, usted necesita la condición de discapacidad con la causa registrada como lesión militar: los pagos, la pensión y las prestaciones dependen de esa redacción. Preparamos el caso para la junta pericial e impugnamos las negativas y los grupos subestimados.
La junta médica militar lo declaró no apto para el servicio, pero la junta pericial médico-social rechazó la discapacidad o le asignó un grupo inferior al que corresponde a su estado. A veces la causa se registra como 'enfermedad contraída durante el servicio militar' en lugar de lesión militar, y el alcance de sus derechos cambia de inmediato.
A menudo el problema no está en la decisión de la junta, sino en los papeles: la remisión está redactada con descuido, no se hicieron algunos estudios, falta el certificado de la herida o un dictamen de la junta médica militar sobre el nexo causal. El perito ve un panorama incompleto y decide con base en él.
La revaluación es otra historia. El grupo se retira o se reduce alegando mejoría, aunque la rehabilitación no ha terminado y las funciones perdidas no han vuelto. Eso también puede impugnarse.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Estudiamos el dictamen de la junta médica y los papeles de la junta pericial e identificamos dónde se perdió la causa o el grupo.
Solicitamos los registros médicos y del servicio y cubrimos las lagunas con los estudios que faltan.
Presentamos objeciones ante la junta principal o federal y participamos en el nuevo examen.
Presentamos la demanda, obtenemos un peritaje forense y llevamos el caso hasta la sentencia.
PREGUNTAS
Son causas registradas distintas y el alcance de los derechos depende de ellas: qué pagos corresponden y en qué monto, las condiciones de la pensión, las prestaciones. La causa sigue el dictamen de la junta médica sobre el nexo causal, que la junta pericial traslada luego a los papeles de discapacidad. Por eso una disputa sobre la redacción se plantea primero ante la junta médica.
A menudo es más rápido y eficaz impugnar primero la decisión ante la junta principal: realiza un nuevo examen y puede ordenar estudios adicionales. Su derecho a demandar no se pierde. Evaluamos qué vía es más corta en su caso.
Sí, una decisión que reduce o retira el grupo se impugna del mismo modo que la primera. La clave es demostrar que la afectación permanente persiste y que la mejoría no está confirmada por datos objetivos. Esto suele requerir un peritaje forense.
SIGUIENTE PASO
Hablemos de su situación
La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.