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DERECHO MILITAR / 10

Nexo causal de una lesión o enfermedad: obtener la fórmula «traumatismo militar»

El dictamen de su junta médica militar contiene una fórmula que le está costando pagos: ‘enfermedad contraída durante el período de servicio militar’ en lugar de ‘traumatismo militar’. Reunimos las pruebas que vinculan la lesión con el servicio y gestionamos que se modifique esa conclusión.

Práctica dirigida por
Yury Koval, abogado
Bloque de la práctica
Salud: juntas médicas y lesiones militares
Modalidad
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué sucede

La fórmula de causalidad son unas pocas palabras en un dictamen de las que dependen la indemnización del seguro, la prestación única, el monto de una pensión por invalidez y parte de los beneficios. Sobre el papel la diferencia entre ‘traumatismo militar’ y ‘enfermedad contraída durante el período de servicio militar’ parece pequeña; en sus consecuencias es enorme.

El problema suele estar no en la medicina sino en los papeles: nadie dejó constancia de cómo ocurrió la lesión. No hay certificado de herida, no hay expediente de investigación interna y la historia clínica dice simplemente ‘trauma’ sin mención de las circunstancias.

Una categoría aparte es la enfermedad que se desarrolló o se agravó bruscamente por las condiciones del servicio: las secuelas de una conmoción cerebral, afecciones surgidas tras largos períodos en campaña, trastornos mentales posteriores al combate. En esos casos el nexo debe probarse mediante el expediente médico y las circunstancias del servicio.

Qué dice la ley

  • El dictamen sobre el nexo causal de una lesión o enfermedad lo emite la junta médica militar; es una conclusión propia, distinta de la categoría de aptitud.
  • La fórmula «traumatismo militar» se aplica cuando la lesión o enfermedad está vinculada con el cumplimiento de los deberes del servicio militar, incluidas las tareas realizadas en la operación militar especial.
  • De esta fórmula se derivan el derecho a la indemnización del seguro y a la prestación única conforme a la ley sobre la retribución de los militares (306-FZ), así como el alcance de las garantías de la ley sobre el estatuto de los militares (76-FZ).
  • La junta debe valorar no solo la historia clínica sino también los documentos sobre las circunstancias: el certificado de herida, el expediente de la investigación interna y los extractos de órdenes.
  • La ausencia de un certificado de herida no cierra la cuestión: las circunstancias pueden probarse con otros medios, incluidos los relatos de compañeros de armas.
  • El dictamen sobre el nexo causal se impugna ante la junta médica militar superior y ante el tribunal, donde los puntos controvertidos se remiten a peritaje.

Qué hacemos

  • Examinamos el dictamen y determinamos con precisión qué pruebas la junta consideró insuficientes.
  • Obtenemos de la unidad los documentos sobre las circunstancias: el certificado de herida, el expediente de la investigación interna, las órdenes de combate y los extractos de órdenes.
  • Reunimos la historia clínica desde la primera vez que usted buscó atención; con frecuencia es lo que decide el resultado.
  • Localizamos a compañeros de armas, recogemos sus relatos y preparamos sus declaraciones escritas para la junta y el tribunal.
  • Preparamos la reclamación ante la junta superior y gestionamos un nuevo dictamen sobre el nexo causal.
  • Impugnamos el dictamen ante el tribunal y solicitamos un peritaje médico militar ordenado judicialmente.

Qué necesitamos de usted

  • El dictamen de la junta o el certificado de enfermedad con su fórmula actual de causalidad.
  • El certificado de herida (lesión) o la constancia de que no se emitió.
  • La historia clínica desde el momento de la lesión: primeros auxilios, hospital, tratamiento posterior.
  • Extractos de órdenes sobre las tareas que realizó, comisiones de servicio y presencia en una zona determinada.
  • El expediente de la investigación interna sobre la lesión, informes escritos y explicaciones.
  • Datos de los compañeros de armas que estuvieron presentes y pueden confirmar las circunstancias.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Consulta

Leemos el dictamen y los documentos y evaluamos con honestidad qué puede acreditar el vínculo con el servicio.

1 reunión

Pruebas

Solicitudes a la unidad y al hospital, declaraciones de compañeros de armas, reclamación ante la junta superior.

1–3 semanas

Tribunal

Impugnamos el dictamen y gestionamos el peritaje y una nueva conclusión sobre el nexo causal.

calendario del tribunal

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia el ‘traumatismo militar’ de la ‘enfermedad durante el servicio’?

‘Traumatismo militar’ significa que la lesión o enfermedad está vinculada con el cumplimiento de los deberes del servicio militar. De ello dependen la indemnización del seguro, la prestación única, el monto de una pensión por invalidez y parte de los beneficios. La otra fórmula solo recoge una coincidencia en el tiempo y casi no confiere nada.

Nunca me entregaron un certificado de herida. ¿El caso no tiene salida?

No. El certificado es cómodo, pero no es la única prueba. Las circunstancias pueden acreditarse con el expediente de la investigación interna, la historia clínica desde la primera consulta, los extractos de órdenes y los relatos de compañeros de armas. Lo reunimos y lo presentamos ante la junta y el tribunal.

¿Puede cambiarse la fórmula años después de la baja?

Sí. La junta médica militar examina el nexo causal también después de la baja, incluso a solicitud del interesado. La dificultad es que los documentos son más difíciles de hallar con el paso del tiempo, por lo que comenzamos con solicitudes a los archivos de la unidad y a las organizaciones médicas.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.