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DERECHO MILITAR / 11

Su mando se niega a remitirle a una junta médica militar

Usted solicitó por escrito la remisión a una junta médica militar y no hay respuesta, o le dijeron que esperara hasta que terminaran las tareas en curso. Dejamos constancia de la solicitud, impugnamos la inacción del comandante y gestionamos la remisión.

Práctica dirigida por
Yury Koval, abogado
Bloque de la práctica
Salud: juntas médicas y lesiones militares
Modalidad
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué sucede

Su salud se ha deteriorado, usted tiene informes de alta hospitalaria, pero no hay remisión. La solicitud se aceptó verbalmente o no se aceptó en absoluto, y no le dieron una copia sellada. Un mes después no queda nada que pruebe que alguna vez la presentó.

La negativa suele explicarse por falta de personal, un despliegue en curso o porque los documentos médicos son ‘los equivocados’. También ocurre que la solicitud se registra pero se detiene en el jefe del servicio médico y nunca llega a la junta.

Mientras no exista la remisión, nada más avanza: no se establece categoría de aptitud, no se decide la baja por motivos de salud y no se determina el nexo causal de la lesión. Por eso el primer paso es restablecer la prueba de la solicitud y su fecha.

Qué dice la ley

  • El artículo 16 de la Ley Federal n.º 76-FZ de 27 de mayo de 1998 «Sobre el estatuto de los militares» le otorga derecho a la protección de la salud y a la atención médica, y las autoridades militares deben garantizar ese derecho: la remisión a una junta médica no es un favor del comandante.
  • El examen se realiza por remisión del comandante de la unidad o por decisión de una autoridad militar, con base en el dictamen de un médico o en la propia historia clínica.
  • La solicitud escrita de un militar debe responderse dentro del plazo legal. El silencio es precisamente la inacción que puede impugnarse.
  • Los actos y omisiones del mando pueden impugnarse por la vía jerárquica, ante la fiscalía militar y ante el tribunal militar; usar una vía no cierra las demás.
  • La demanda administrativa se presenta ante el tribunal militar en el plazo general de tres meses desde el día en que supo de la infracción; en caso de inacción, el plazo corre desde el día en que debía darse la respuesta.
  • El tribunal puede ordenar al mando que le remita a examen: eso restablece su derecho y no interfiere en las facultades del mando.

Qué hacemos

  • Comprobamos si su historia clínica constituye fundamento para una remisión y qué más debe solicitarse al hospital o a la clínica.
  • Redactamos la solicitud y la correspondencia de modo que el hecho y la fecha de presentación queden registrados con independencia de la buena voluntad del cuartel: registro, correo, sello de la oficina.
  • Preparamos una queja al comandante superior y una solicitud a la fiscalía militar sobre la inacción.
  • Preparamos y presentamos una demanda administrativa ante el tribunal militar que impugna la inacción y solicita una orden de remisión a la junta.
  • Llevamos el caso ante el tribunal, reunimos pruebas de la solicitud y pedimos que se obtengan registros de la unidad y del servicio médico.
  • Una vez emitida la remisión, acompañamos el propio examen y, si es necesario, la impugnación del dictamen de la junta.

Qué necesitamos de usted

  • La solicitud de remisión: su propia copia o cualquier prueba de presentación: una fotografía, un inventario, un recibo postal.
  • Historia clínica: informes de alta hospitalaria, certificados de herida o enfermedad, resultados de exámenes.
  • Su contrato y la certificación de servicio, además de los extractos de órdenes que usted tenga.
  • Las respuestas escritas del mando y del servicio médico, si las hubo, incluidas las negativas.
  • Datos de la unidad militar y de los funcionarios implicados: nombre, dirección, quién tramitó la solicitud.
  • Un poder notarial para el abogado y, cuando se requiera, un convenio de prestación de asistencia jurídica.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Consulta

Revisamos los documentos, evaluamos los fundamentos de la remisión y elegimos la vía más corta: una queja por la vía jerárquica o una demanda de inmediato.

1 reunión

Constancia de la solicitud

Presentamos la solicitud y la correspondencia de modo que la fecha y el hecho de la presentación puedan probarse, y solicitamos la historia clínica.

1–2 semanas

Queja y fiscalía

Impugnamos la inacción ante el comandante superior y la fiscalía militar y obtenemos respuestas escritas para el tribunal.

2–4 semanas

Tribunal militar

Presentamos la demanda administrativa y llevamos el caso hasta una decisión que ordene la remisión a examen.

calendario del tribunal

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

No quisieron aceptar mi solicitud y me dijeron que volviera más tarde. ¿Y ahora qué?

Envíela por correo con inventario del contenido a la dirección de la unidad: es una forma lícita de presentarla, y el recibo prueba la fecha. Conserve una copia. Con un envío así, la inacción del mando puede probarse sin testigos.

¿Puedo pasar una junta médica por mi cuenta, sin remisión?

El dictamen en el que se basan las decisiones de personal procede de una junta médica militar que actúa por remisión. Sin embargo, usted puede obtener un examen médico independiente a su costa, y sus resultados pasan a ser fundamento para exigir la remisión. Le indicaremos qué pruebas tienen peso.

Estoy hospitalizado. ¿Puedo ya exigir una junta?

El examen normalmente se realiza una vez concluido el tratamiento y cuando el resultado está claro. Si el tratamiento se prolonga o le dan el alta antes de tiempo, la cuestión de la junta se plantea de inmediato. Lo decidimos a partir de sus informes de alta.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.