+7 499 460-64-27 RU EN

DERECHO MILITAR / 21

El contrato de servicio militar: firma, prórroga y condiciones controvertidas

Su contrato determina cuánto tiempo sirve, a qué tiene derecho y cuándo puede dejar el servicio. Leemos el contrato y la documentación de la unidad, le explicamos qué es lo que realmente lo obliga e impugnamos las cláusulas y decisiones adoptadas contra la ley.

Práctica dirigida por
Yury Koval, abogado
Bloque de la práctica
Servicio y baja
Modalidad
Moscú y a distancia en toda Rusia

Qué sucede

Los contratos se firman con prisa. Le entregan el texto por unos minutos, el plazo y el cargo ya están rellenados y no hay un momento tranquilo para hacer preguntas. Un año después resulta que el plazo no es el que se le prometió de palabra, o que el cargo y la unidad que figuran en el contrato no coinciden con el lugar donde realmente presta servicio.

El segundo caso frecuente es la prórroga. Simplemente le informan de que el contrato fue prorrogado, no aceptan su solicitud de baja y el comandante se remite a una orden o a una decisión. Nada de esto puede resolverse sin tener los documentos a la vista, y las unidades son reacias a entregar una copia del contrato.

También ocurre lo contrario: usted quiere firmar un nuevo contrato y se lo niegan, tras una evaluación de la comisión, por motivos de salud o por una sanción. La negativa debe estar motivada y constar por escrito, y puede someterse a revisión.

Qué dice la ley

  • La ley sobre el deber militar y el servicio militar (Ley Federal n.º 53-FZ) establece quién puede firmar un contrato, por qué plazo y quién firma en nombre del Estado.
  • La ley sobre el estatuto de los militares (Ley Federal n.º 76-FZ) fija los derechos que un contrato no puede reducir: remuneración, permisos, garantías de vivienda y atención médica.
  • Una cláusula que contradiga la Ley Federal n.º 53-FZ del 28 de marzo de 1998 «Sobre el deber militar y el servicio militar» o el Reglamento sobre el procedimiento de prestación del servicio militar carece de efecto, aunque usted haya firmado. Su firma no convierte en lícita una cláusula ilícita.
  • El plazo del contrato, el cargo y el lugar de servicio son condiciones esenciales. No pueden modificarse unilateralmente, y un traslado requiere una decisión separada.
  • La prórroga o la baja anticipada solo son posibles por los motivos enumerados expresamente en el artículo 51 de la Ley n.º 53-FZ, entre ellos la declaración de no aptitud por una comisión médico-militar.
  • La negativa a firmar un nuevo contrato queda consignada en una decisión de la comisión de evaluación (attestatsionnaya komissiya) o del comandante, y puede impugnarse ante los mandos superiores y ante un tribunal militar.

Qué hacemos

  • Leemos su contrato y sus anexos, los comparamos con el extracto de la orden y con su hoja de servicios, y le mostramos dónde divergen.
  • Antes de que firme, le explicamos qué plazo, obligaciones y restricciones asumirá, y qué le garantiza la Ley n.º 76-FZ «Sobre el estatuto de los militares» con independencia de la redacción del contrato.
  • Redactamos solicitudes y requerimientos formales: para obtener una copia del contrato, para exponer su oposición a una prórroga o para pedir la baja por un motivo existente.
  • Impugnamos las decisiones de las comisiones de evaluación y las negativas a firmar un nuevo contrato, tanto ante el mando superior como ante un tribunal militar.
  • Impugnamos las cláusulas y órdenes que contradicen la ley sobre el estatuto de los militares y trabajamos para que se anulen.
  • Llevamos el caso ante el tribunal militar de guarnición: la demanda, las pruebas, las audiencias y, de ser necesario, la apelación.

Qué necesitamos de usted

  • Una copia del contrato con todos sus anexos y acuerdos complementarios, si la tiene.
  • Extractos de órdenes: incorporación, nombramiento en el cargo, prórroga y cualquier sanción disciplinaria.
  • Las solicitudes que presentó, con el sello de recepción, o la prueba de que se enviaron por correo.
  • Las respuestas por escrito de su mando y cualquier decisión de la comisión de evaluación.
  • Documentos médicos: la derivación a la comisión médico-militar, su dictamen y el historial clínico, si la controversia se refiere a la salud.
  • Su evaluación de servicio y una copia de su documento de identidad militar.

CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO

Cómo se organiza el trabajo

Consulta

Revisamos el contrato y su situación e identificamos qué debe impugnarse, cómo y con cuánto tiempo se cuenta.

1 reunión

Reunión de documentos

Solicitamos copias del contrato, de las órdenes y de las decisiones de la comisión, y dejamos constancia de cualquier negativa a entregarlas.

1–3 semanas

Requerimiento a los mandos superiores

Preparamos una solicitud o queja dirigida al mando y a la fiscalía militar y gestionamos que se obtenga una respuesta por escrito.

hasta 30 días

Tribunal militar

Presentamos la demanda ante el tribunal militar de guarnición, lo representamos en las audiencias y apelamos cuando sea necesario.

calendario del tribunal

PREGUNTAS

Preguntas frecuentes

La unidad no me entrega una copia de mi contrato. ¿Es lícito?

No. Usted tiene derecho a conservar su propia copia y, si se ha extraviado, a obtenerla de su expediente de servicio. Presente una solicitud por escrito en dos ejemplares y conserve el que lleve el sello de recepción. La negativa reiterada es en sí misma un motivo para presentar una queja ante la fiscalía militar.

Mi contrato fue prorrogado sin mi consentimiento. ¿Qué se puede hacer?

Primero establecemos con qué fundamento se hizo y en qué documento consta. Una prórroga que no está prevista en la Ley n.º 53-FZ ni en el Decreto presidencial n.º 647 puede impugnarse ante los mandos superiores y ante un tribunal militar. Solicitamos la orden, redactamos su oposición e impugnamos la decisión.

¿Puedo irme antes de que termine el plazo del contrato?

Sí, pero solo por los motivos enumerados expresamente en el artículo 51 de la Ley n.º 53-FZ: un dictamen de la comisión médico-militar, medidas organizativas, determinadas circunstancias familiares y otros. Comprobamos si alguno de ellos se aplica a su caso y preparamos la solicitud con los documentos justificativos adjuntos.

SIGUIENTE PASO

Hablemos de su situación

La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.