Consulta
Revisamos el cálculo y la certificación de servicio y mostramos con exactitud dónde se perdió un período o un complemento.
DERECHO MILITAR / 42
Ha recibido el cálculo de su pensión y es menor de lo esperado: faltan años de servicio, no figuran complementos o no se aplicó el cómputo preferencial. Verificamos el cálculo con los documentos y gestionamos el recálculo.
La pensión de un militar la calcula el organismo de pensiones del ministerio a partir de la certificación de antigüedad y la certificación de haberes. Los errores rara vez son aritméticos; están en los datos de partida. Se omiten los años en una guarnición remota, no se aplica el cómputo preferencial de uno y medio o dos años por uno, o desaparecen los meses entre traslados.
La segunda capa son los complementos y los incrementos. La invalidez, la condición de veterano, la participación en operaciones de combate y los familiares a cargo dan lugar a un complemento, pero solo si el documento llegó al expediente de pensión. En la práctica una persona puede cobrar una pensión sin complemento durante años simplemente porque nadie adjuntó la certificación.
La tercera situación es la negativa a recalcular. El organismo escribe que no hay fundamentos, o recalcula solo desde la fecha de la solicitud. Aquí la controversia concierne tanto al monto como al período por el que debe pagarse la diferencia.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Revisamos el cálculo y la certificación de servicio y mostramos con exactitud dónde se perdió un período o un complemento.
Enviamos solicitudes a unidades y archivos y reunimos la confirmación de los períodos controvertidos.
Presentamos la solicitud con nuestras cifras y obtenemos una respuesta por escrito.
Impugnamos la negativa, acreditamos el servicio y el derecho, y reclamamos la diferencia por el pasado.
PREGUNTAS
Se necesita un documento que confirme tanto el lugar como las condiciones del servicio: un extracto de una orden, una certificación de la unidad o una certificación de archivo. Con él presentamos una solicitud de recálculo y, si se niegan, acudimos al tribunal. Sin documentos de respaldo el organismo de pensiones no aplicará el cómputo preferencial.
Cuando el pago insuficiente es culpa del organismo de pensiones, la diferencia se reclama también por el pasado. Si solo ahora presentó el documento que establece el complemento, el recálculo suele contarse desde la solicitud. Por eso importa mucho qué presentó y cuándo.
La hay, y significativa. La fórmula sobre el nexo causal en los dictámenes de la junta médica militar determina tanto el tipo de pensión como su monto. Si esa fórmula es errónea, primero hay que impugnar los dictámenes y después el cálculo.
SIGUIENTE PASO
Hablemos de su situación
La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.