Consulta
Revisamos el expediente médico y el dictamen de la junta, ubicamos la lesión en un grupo conforme al cuadro e identificamos los puntos débiles de la posición de la aseguradora.
DERECHO MILITAR / 02
El seguro estatal obligatorio de los militares otorga un pago por una lesión sufrida en el servicio. Si la aseguradora lo deniega, paga de menos o sigue dilatándolo, asumimos la disputa, con la aseguradora y ante el tribunal.
El pago del seguro por una lesión militar no depende de la buena voluntad de la aseguradora: el cuadro de lesiones y el método de cálculo están fijados por reglamento. La disputa casi siempre se reduce a dos cosas: cómo consta el nexo causal en los documentos y bajo qué apartado del cuadro se clasificó su diagnóstico.
La historia habitual: la lesión se considera «leve» cuando el expediente médico muestra algo mucho más grave, o solo se cuenta una de varias lesiones. A veces la aseguradora dice que la unidad nunca envió los papeles, y el expediente se atasca entre dos organizaciones.
Un caso aparte es la negativa alegando que la lesión se sufrió «no en el cumplimiento de las funciones». Aquí todo depende de la redacción del dictamen de la junta médica y del expediente de la investigación interna, no de cartas a la aseguradora.
CÓMO SE ORGANIZA EL TRABAJO
Revisamos el expediente médico y el dictamen de la junta, ubicamos la lesión en un grupo conforme al cuadro e identificamos los puntos débiles de la posición de la aseguradora.
Requerimientos de información del abogado, envío a la aseguradora de los documentos que faltan, una reclamación escrita con un cálculo.
Cuando el desacuerdo es médico, redactamos las preguntas para el perito y la solicitud de peritaje.
Demanda contra la aseguradora, audiencias, prueba pericial y apelación si es necesario.
Supervisamos la transferencia y reclamamos los intereses de demora por el retraso.
PREGUNTAS
Sí. El pago en un grupo inferior no elimina el derecho al saldo. Contrastamos los diagnósticos con el cuadro y reclamamos la diferencia, con prueba pericial cuando la propia valoración médica se discute.
Obtenemos los documentos mediante requerimientos de información del abogado y los enviamos nosotros mismos a la aseguradora y, de ser necesario, impugnamos por separado la inacción de los funcionarios. No tiene sentido esperar a que dos organizaciones lo resuelvan entre ellas.
Sí, son pagos distintos por fundamentos distintos, y la concesión de uno no excluye el otro. A menudo deben reclamarse en paralelo, porque ambos se apoyan en el mismo dictamen de la junta médica.
SIGUIENTE PASO
Hablemos de su situación
La consulta es gratuita si se firma un convenio: en ella le decimos si el asunto tiene perspectivas y cómo se organizaría el trabajo.